Fijan audiencia para conocer sometimiento de Grupo de Medios Panorama contra ministerios de Cultura, Agricultura y el CEA

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Santo Domingo. – El Tribunal Superior Administrativo (TSA) dictó fecha   de las audiencias para dar a conocer los recursos de amparo presentados por Grupo de Medios Panorama en contra de diferentes instituciones públicas por violación de Ley 200-04 de Libre Acceso a la Información Pública.

, las audiencias contra el Ministerio de Cultura; el Ministerio de Agricultura y para el Consejo Estatal del Azúcar (CEA), ante su negativa de proporcionar información pública solicitada. Fueron agendadas por el TSA para los días 25 de junio, 2 y 7 del mes de Julio.

Amparados en la Ley 200-04 el grupo de Medios Panorama, a través de VTV canal solicitó informaciones puntuales y específicas sobres procesos de compras y contrataciones y la ejecución presupuestaria del año 2023 en las referidas instituciones públicas el pasado 4 de marzo.

En las fechas que los medios solicitaron a las tres dependencias del Estado dominicano las misma no respondieron a lo demandado,   a pesar de que la mencionada ley otorga un plazo de 15 días para responder cualquier solicitud y de 10 días más cuando se solicita una prórroga.

 

En ese sentido, , el tribunal se mostró de acuerdo con la solicitud hecha por la representación legal de Grupo de Medios Panorama de que el caso se resuelva en tiempo oportuno , estando de acuerdo de de que,  ya se a agotado el tiempo récord  para brindar informaciones  de lo solicitado por el medio de comunicación.

La negación  de esas entidades de dar respuestas dentro del plazo establecido constituye una violación de varios artículos de la Ley 200-04 de Libre Acceso a la Información Pública, ya que la misma legislación establece que toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado dominicano.

El recurso legal presentado por Grupo de Medios Panorama recuerda que el derecho a la información se configura constitucionalmente como derecho fundamental en el artículo 49 numeral 1 de la Constitución, en términos de que “toda persona tiene derecho a la información y este derecho comprende buscar, investigar, recibir y difundir información de todo tipo, de carácter público, por cualquier medio, canal o vía, conforme determinan la Constitución y la ley”.

El documento que avala el sometimiento legal indica que no entregar las informaciones requeridas a Grupo de Medios Panorama, constituye una violación al artículo 49 numeral 1 de nuestra Carta Magna, así como también al derecho a la información que posee cada ciudadano para validar el buen uso de los fondos del Estado.