Tribunal varía medida de coerción a ex ministro Donald Guerrero

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Tribunal varía medida de coerción a ex ministro Donald Guerrero
Tribunal varía medida de coerción a ex ministro Donald Guerrero

Título: Variación de Medida de Coerción para Donald Guerrero en Caso Calamar

La  Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ha modificado la medida de coerción del ex ministro Donald Guerrero, quien se encontraba en prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres por su presunta implicación en el caso Calamar.

Los jueces Rafael Báez, Doris Pujols y Daisy Indhira Montas emitieron este fallo, considerando que el Sr. Guerrero «no presenta peligro de fuga ni ha obstruido la investigación desde que inició hace más de 3 años». En consecuencia, decidieron alterar la medida que la Jueza Patricia Padilla había ratificado el pasado 11 de septiembre, ya que «todo lo que el Ministerio Público alegó carece de prueba de acreditación».

Los abogados de Guerrero han sostenido que esta decisión, aunque tardía, reconoce que la imposición de la prisión preventiva fue «innecesaria», «exagerada» y «abusiva». Argumentan que, además de contar con suficiente arraigo, no existe un riesgo demostrado de fuga ni de obstrucción del proceso que comenzó en octubre de 2020.

El artículo 234 del Código Procesal Penal Dominicano establece que la prisión preventiva solo se aplica cuando no se puede evitar razonablemente la fuga del imputado o la obstrucción del proceso. Los abogados de Guerrero han afirmado que desde el inicio de la investigación, el ex ministro ha cooperado plenamente, respondiendo a todas las citaciones y proporcionando pruebas para respaldar sus argumentos.

Además, Guerrero ha informado voluntariamente su paradero a las autoridades, notificando sus entradas y salidas del país de manera colaborativa y rápida. Esta decisión no solo marca un paso importante en la defensa de Guerrero, sino también destaca la preocupación sobre el uso excesivo de la prisión preventiva en el sistema judicial dominicano, lo cual puede constituir una condena anticipada y una violación a la presunción de inocencia según señalan senadores, diputados, juristas y representantes de la sociedad civil.