SANTO DOMINGO. – El Congreso Nacional ha iniciado un proceso de revisión estratégica de la Ley núm. 74-25, que instituye el nuevo Código Penal de la República Dominicana, con el objetivo de perfeccionar 18 artículos clave antes de que la pieza entre en vigencia. La iniciativa, depositada ante la Secretaría General Legislativa, responde a un amplio proceso de diálogo y consulta con sectores de la sociedad civil, la academia y el gremio periodístico.
El presidente del Senado confirmó que la propuesta ha sido remitida a una Comisión Bicameral, subrayando el compromiso de que el país reciba una legislación penal no solo moderna, sino técnicamente precisa y garante de los derechos fundamentales desde su primer día de aplicación.
Blindaje a la Libertad de Expresión y Prensa
Uno de los pilares de esta modificación se concentra en garantizar el libre ejercicio del periodismo y la libertad de expresión, equilibrando la protección a la intimidad con el derecho a informar sobre asuntos de interés público. Los ajustes incluyen:
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Ciberbullying (Art. 123): Se precisará el alcance del tipo penal para evitar que su aplicación afecte legítimas expresiones en entornos digitales.
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Difusión de imágenes (Art. 192): Se incorpora expresamente el criterio de «interés público legítimo», ofreciendo mayores salvaguardas al ejercicio profesional de la comunicación.
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Difamación e Injuria (Arts. 208 y 211): Se redefinirá el alcance sancionador para asegurar proporcionalidad y mayor precisión jurídica.
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Ultraje (Art. 310): Se delimitará el ámbito de aplicación para prevenir interpretaciones que puedan coartar derechos fundamentales.
Protección a grupos vulnerables y seguridad jurídica
La iniciativa busca elevar los estándares de protección a la niñez y la adolescencia, así como corregir tecnicismos que podrían dificultar la aplicación de la justicia:
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Niñez: Se perfeccionan los tipos penales sobre el abandono de niños, niñas y adolescentes (Arts. 214 y 215).
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Seguridad Jurídica: Se introducen mejoras técnicas en la redacción de delitos como el perjurio, la bancarrota simple, el autosecuestro y las prescripciones, garantizando coherencia normativa.
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Transparencia: Se fortalece el régimen sancionador para el delito de malversación de fondos públicos (Art. 303), reafirmando la lucha estatal contra la corrupción.
Un compromiso con el diálogo
La revisión de estos 18 artículos refleja la apertura del Poder Legislativo a las observaciones de juristas y comunicadores. Con esta medida, el Estado busca evitar «vacíos» o «interpretaciones extensivas» en la nueva ley, asegurando que el Código Penal sea una herramienta equilibrada y efectiva para la administración de justicia.
El Congreso ha reiterado que el proceso de estudio en la Comisión Bicameral será prioritario, garantizando que, una vez la Ley núm. 74-25 cobre plena vigencia, cuente con las correcciones técnicas necesarias para brindar seguridad jurídica a todos los ciudadanos.


